EL CARIATO Y LA LEY FERNANDA

EGO22 abril, 2019

Extraído del libro: Evolución Histórica de Honduras, de Longino Becerra.

Tiburcio Carias Andino fue electo para un periodo de cuatro años, conforme al artículo 10 de la Constitución según la Constitución política de 1924. De modo que en 1936 era necesario convocar a nuevas elecciones para que el presidente electo pudiera asumir el mando en febrero del año siguiente pero, hacer eso, significaba darle posibilidades de triunfo al Partido Liberal, es decir modificar el esquema de las clases dominantes o sea sustituir a los latifundistas semifeudales como núcleo central de las fuerzas oligárquicas y poner en su lugar a la burguesía intermediaria comprometida.

Tal cambio fue objeto sin duda alguna, por los monopolios bananeros, opuestos al formalismo democratizador de los liberales y poco amigos del líder liberal de ese momento, Ángel Zúñiga Huete, a quien le reprochaban su arrogancia y exabruptos.

Los monopolios y los terratenientes acordaron no correr la aventura de las elecciones y prolongar a Carías en el poder, a fin de conservar inalterable el esquema de las fuerzas hegemónicas.
El pretexto seria el mantenimiento de la paz, surgida supuestamente con el régimen de Cariista, pero que en realidad, fue producto del arreglo de las rivalidades largamente mantenidas entre los monopolios del banano. Tomada esa decisión Carías hizo a un lado las normas establecidas y convocó a una Asamblea Nacional Constituyente con el propósito de reformar la carta magna. Dicha asamblea promulgó el 28 de marzo de 1936 una nueva Constitución de la República, poniéndole fin a la de 1924. Conforme al nuevo texto Constitucional, el periodo de gobierno sería de 6 años.

La Ley Fernanda

Entre las organizaciones enfrentadas a la dictadura, estaban el Partido Liberal, representante de la burguesía intermediaria y el Partido Democrático Revolucionario Hondureño, una organización burguesa pequeña y de izquierda.

Este mismo se organizó en febrero de 1947 al fundirse en una solo entidad el Partido Democrático Revolucionario, organizado el 5 de marzo de 1946 en Tegucigalpa, el Partido Democrático Revolucionario, cuyo movimiento se produjó el 15 de abril del mismo año en San Pedro Sula el combatiente semanario “Vanguardia” llamado a partir del 6 de mayo de 1948 “Vanguardia Revolucionaria para diferenciarse de un periódico de la dictadura con aquel nombre.

A fin de impedir las acciones de la izquierda y atajarles el paso a otras fuerzas sociales, no latifundistas, el régimen de Carías emitió el decreto No. 95, con fecha: 7 de marzo de 1946, llamado también Ley Fernanda que literalmente dice:

Decreto 95
Considerando: que las actividades políticas de abierta y disimulada tendencia totalitaria y disociadora, atentan contra los principios fundamentales que sostiene y realiza con firme apoyo del pueblo el gobierno democrático de la República: Considerando que algunos extranjeros se están dedicando a esta clase de actividades inconvenientes.

Decreta:
Artículo 1. Los extranjeros culpables de actividades totalitarias y disociadoras que en cualquier forma intervengan para establecer en Honduras las formas o principios del sistema de gobierno totalitario o comunista, o que coincidan o tiendan a los mismos fines, serán castigados con la pena de reclusión menor en su grado máximo y la de expulsión del país, una vez cumplida la primera.

Artículo 2. Los hondureños que se presten o intervengan en las actividades mencionadas en el artículo anterior sean naturales o naturalizados, serán castigados con la pena de reclusión en su grado máximo; en caso de reincidencia se les impondrá la pena de reclusión mayor en su grado mínima; y a los extranjeros naturalizados se les cancelará la naturalización y serán expulsados del territorio.

Artículo 3. El presente decreto comenzara a regir el día su publicación.

Plutarco Muñoz P.                                     Fernando Zepeda D.
Presidente                                                 Secretario

Marco A. Raudales
Secretario.

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