El presidente del Poder Legislativo, argumentó que interpelar a Hernández está al margen jurídicamente de la Constitución.
Tegucigalpa-Honduras. El presidente del Congreso Nacional (CN), Luis Redondo a través de un comunicado anunció que la interpelación que pretendía presentar el Partido Nacional (PN) en contra del jefe del Estado Mayor Conjunto, Roosevelt Hernández no procede jurídicamente.
En ese sentido, indicó que realizar esta acción atenta con la paz del pueblo, pues, según él, “en aras de asegurar, mantener, proteger y resguardar la paz y la seguridad del pueblo hondureño, la Constitución y al Estado del Derecho”.
El presidente del Poder Legislativo, argumentó que interpelar a Hernández está al margen jurídicamente de la Constitución, ya que esto no se encuentra comprendido en los artículos 205 numeral 22 y 251 de la Constitución de la República que establece el Congreso para realizar una interpelación.
“El Partido Nacional en la moción de interpelación solicitaba al pleno del Legislativo en el numeral tercero que en caso de no presentar argumentos válidos o justificación suficiente el Congreso emita una moción de censura sobre el señor Hernández solicitando su remoción inmediata del cargo a fin de preservar el carácter institucional apolítico y profesional de las Fuerzas Armadas de Honduras”, cita parte del mensaje.

JUICIO POLÍTICO
Redondo afirmó que la verdadera intención es provocar la destitución y juicio político para desestabilizar las FFAA y al gobierno de la presidenta Xiomara Castro, “el Partido Nacional pretende eliminar el numeral tercero de la moción ya que han sido revelados sus intentos de sedición”.
“No procede presentar al pleno la moción de interpelación del congresista del Jorge Zelaya, porque no se puede dar trámite o curso legal a una moción que lo que solicita se encuentra jurídicamente al margen de la Constitución y que no cumple con los requisitos del poder legislativo”, aseveró.
Según Redondo, el jefe de bancada del Partido Nacional, Tomás Zambrano sabía que la verdadera intención de la moción que pretendían presentar.
CARGO DE DIRECCIÓN DE LA SESIÓN
“Zambrano abandonó la sesión dejando solo a los congresistas de su propio partido, porque sabía con claridad lo que se pretendía cometer y también sabía que esos actos pueden desembocar fácilmente en ilícito de sedición que no vamos a permitir”.
Redondo aclaró que como presidente del parlamento tiene a su cargo la dirección de las sesiones del pleno y es ante él que se deben presentar las mociones, “para ser sometida una moción a la venia del pleno, ésta debe reunir los requisitos establecidos en la constitución y en la ley orgánica del poder legislativo”.
Asimismo, indicó que las mociones deben reunir los requisitos establecidos en la Constitución y en la Ley Orgánica del Congreso, “la moción de orden que pretendió presentar el partido nacional no cumple con los requisitos legales de forma ni de fondo, de lo que exigen estas dos normas jurídicas. Peor, cuando lo que se pretende es desestabilizar a los poderes constituidos y elegidos democráticamente por el pueblo hondureño”.