CNBS emite disposiciones para evitar que servicios sean utilizados para la extorsión

Redacción El Pulso29 noviembre, 2022

TEGUCIGALPA, Honduras 

La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) emitió una serie de medidas para fortalecer la seguridad en el uso de productos y servicios financieros para contribuir al Plan Nacional Integral contra la Extorsión,

Durante una conferencia de prensa el presidente de la CNBS Marcio Sierra en compañía del titular de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) Leonel Sauceda y el director de la Policía Nacional, Gustavo Sánchez, detallaron que estas disposiciones tienen una fecha máxima hasta el 30 de diciembre de 2022. 

Indicó que se realizará un trabajo interinstitucional para combatir lo relacionado a las billeteras electrónicas y lavado de activos, con el objetivo de frenar la extorsión, el narcotráfico y la criminalidad organizada

Además, Sierra instó a la población a no prestar sus cuentas bancarias ni su documento nacional de identificación, para evitar ser vinculado con el delito de extorsión o lavado de activos.

«Es un plan integral donde involucra a todas las instituciones relacionadas no sólo con las billeteras electrónicas, sino con lavado de activos cualquier tipo de crimen o actos que vengan en contra de nuestra población», apuntó.

MEDIDAS. Entre las disposiciones emitidas por la CNBS se encuentran sobre el uso de la billetera electrónica, respecto a las transferencias nacionales, respecto a las cuentas básicas

Se entiende por billetera electrónica un servicio de banca móvil o una aplicación móvil (teléfono básico, inteligente o tabletas) que permite a los usuarios realizar transacciones con dinero electrónico.

Se van a implementar doble factor de autenticación biométrico (huella digital y reconocimiento facial, entre otros) en una fecha no mayor al 30 de diciembre de 2022, para la apertura y uso de billetera electrónica, como medida de fortalecimiento de la seguridad cuando se utilicen por medio de aplicaciones móviles instaladas en teléfonos inteligentes y/o tabletas.

La primera es que al enviar y recibir dinero a través de los centros de servicio autorizados, se debe presentar la identificación de quien envía y recibe el dinero, para estos efectos debe presentarse el Documento Nacional de Identificación (DNI) original en físico.

La segunda medida es que los usuarios de billeteras electrónicas que realizan transacciones a través de mensaje de texto utilizando teléfonos básicos (no inteligentes), deben presentarse a más tardar el 30 de diciembre de 2022, a un centro de servicio autorizado para verificar su identificación y continuar utilizando el servicio.

La tercera disposición es que la persona que envíe dinero a través de las billeteras electrónicas debe autorizar la transacción para que el beneficiario pueda efectuar el retiro del dinero a través de los centros de servicios autorizados.

Además, se debe mantener una base de registros actualizado de forma diaria, de las transacciones de envío y recepción de dinero, la cual debe contener al menos, el número del DNI del originador y beneficiario, nombres de clientes o usuarios, datos del centro de servicio autorizado (en caso de que aplique), la fecha y el monto de la transferencia, entre otras.

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