Declaran inconstitucional pago de depósito por demandas al Estado

Selvin Sánchez11 febrero, 2022

TEGUCIGALPA, Honduras

La Sala Constitucional del Poder Judicial declaró con lugar el recurso de inconstitucionalidad ante el cobro del 20 por ciento por caución (pago de depósito por los afectados) para admitir una demanda en contra del Estado.

El portavoz de la Corte Suprema de Justicia, Melvin Duarte detalló que el recurso fue interpuesto en contra de una reforma a la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo realizada por el Congreso Nacional en 2013 y entró en vigencia en 2014.

La reforma se realizó al artículo 39 de la norma, la cual consistía que todo ciudadano al presentar una demanda con el Estado y para que la misma fuese admitida, se debía pagar el 20 por ciento del valor reclamado.

Es decir, si una persona demandaba al Estado por un millón de lempiras, previamente tenía que pagar 200 mil para que tuviera efecto en el trámite del proceso legal.

Sobre el tema, el abogado Leonel de Jesús Ávila interpuso el recurso de inconstitucionalidad ante esta reforma.

Los argumentos presentados se basan en que no se puede restringir ni tergiversar los derechos individuales de los ciudadanos; nadie puede impedir el derecho a la defensa y que no hay clases privilegiadas en el país.

La Sala Constitucional analizó el argumento del experto en leyes y falló a su favor, en consecuencia, los demandantes no deberán hacer el pago del 20 por ciento para entablar demandas contra el Estado.

Para que la norma sea certificada debe pasar por el Congreso Nacional a fin que autorice su publicación en el diario oficial La Gaceta.

Cabe destacar que esta modificación era uno de los 24 proyectos de ley presentados el pasado martes por el diputado Jorge Cálix ante el Poder Legislativo.

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