Reformas de artículos del Código Procesal Penal obstaculizan al Ministerio Público

ABarahona26 mayo, 2020

El Ministerio Público (MP), se pronunció sobre la reforma hecha por el Congreso Nacional en torno a los artículos relacionados con el comiso y secuestro de documentos donde consideró la acción como un obstáculo para la lucha contra la corrupción.

El pasado jueves 21 de mayo, a través de la sesión virtual del Congreso Nacional, diputados aprobaron la reforma a los artículos 217, 219 y 220 del Código Procesal Penal, donde, según aclaratoria del Poder Legislativo, sustenta como una interpretación en relación a los allanamientos a la propiedad privada.

“Lo que se interpretó en sesión es que el domicilio y la propiedad privada de las personas, salvo caso de flagrancia (delito infraganti), o por libre voluntad (si la persona da su consentimiento), solo puede ser registrado o inspeccionado y a la vez secuestrar elementos de prueba, si lo ordena un juez competente”, cita parte del comunicado del Congreso Nacional.

Ante esto el Ministerio Público, a través de un comunicado, expuso su rechazo argumentando que es una reforma “tacita” y no una interpretación como lo quiere hacer ver el Congreso Nacional.

“Consideramos que, lo que hubo el pasado 21 de mayo del presente año en el Congreso Nacional de la República en torno a un proyecto de ley orientado a interpretar los artículos antes mencionados, es una reforma tácita y no una interpretación. Al ser una Reforma y no una interpretación ya la normativa jurídica establece que debe escucharse la opinión de la Corte Suprema de Justicia. En ese sentido, la norma interpretativa debe limitarse a declarar el alcance de una regla preexistente sin introducirle alteraciones, ya sea agregando o eliminando elementos” explica parte del comunicado.

Para las autoridades del Ministerio Público la acción de los diputados podría ser catalogada como una intromisión en las funciones de poderes del Estado al soslayar la interpretación de la Corte.

“El Ministerio Público considera que este tipo de hechos no pueden seguir sucediendo dentro del Congreso Nacional porque sería abrir una puerta para que vía interpretación reformen cualquier ley y se eluda el control y balance de poderes que se está imponiendo a no escuchar el análisis de la Corte Suprema de Justicia”.

En tal sentido, el Ministerio Público solicita al gobernante Juan Orlando Hernández, realice la acción de vetar esta reforma como una acción más expedita, de lo contrario se presentará un recurso de inconstitucionalidad que podría tardar “años” en ser resulto.

“El Ministerio Publico exhorta el veto presidencial para ahorrar tiempo, ya que de no ser así se tendrá que interponer por nuestra parte un recurso de Inconstitucionalidad, lo que significaría un retraso valioso ya que estas normas junto a otras contribuyeron al éxito de investigaciones que han concluido en requerimientos fiscales por casos de corrupción”, cita parte del comunicado.

Por su parte, Luis Javier Santos, director de la Unidad Fiscal Especializada Contra la Corrupción (UFERCO), catalogó la medida como un “acto generador de impunidad” lo que imposibilitará al Ministerio Público a realizar investigaciones de corrupción de cinco años atrás.

“El artículo 217 otorgaba la potestad al MP de recolectar objetos y documentos relacionados con el delito, las personas que las tuvieran en su poder tenían la obligación de presentarlas y entregarlas al solo requerimiento; Con la ´interpretación´ ahora se requiere que previamente a solicitar orden judicial, se debe solicitar su entrega formal, escrita y motivada de dichos elementos con lo cual se elimina el elemento sorpresa tan eficaz en la investigación de los casos de alta corrupción…”.

“Además, no se menciona que la ley de lavado de activos antes obligaba al sistema bancario a resguardar registros al menos por cinco años, mismo que empezaba a correr desde cese de relación banco-cliente, ahora con la ´interpretación´ el termino empieza correr cinco años hacia atrás. Si el sistema bancario está obligado a entregar solo la información del 2015 hacia adelante, será imposible rastrear los fondos desviados por la Corrupción y el lavado de activos, del 2015 hacia atrás. Dicha ´interpretación´ es un acto generador de impunidad sin precedentes”, señaló, Santos.

Para algunos expertos en materia penal, la reforma hecha al Ministerio Público, sumado a las reformas al Tribunal Superior de Cuentas, entre otras acciones del Congreso Nacional, están bloqueando el accionar investigativo, desarticulando y marginando al Ministerio Público en su razón de existir.

Acerca de El Pulso

Propósito: Somos un equipo de investigación periodística, que nace por la necesidad de generar un espacio que impulse la opinión sobre los temas torales de la política, economía y la cultura hondureña. Estamos comprometidos con el derecho que la gente tiene de estar verdaderamente informada.

Derechos Reservados 2019-2021