Informe expone debilidades de Tribunales en Materia Anticorrupción

ABarahona1 mayo, 2020

La organización Democracia Sin Fronteras, presentó el informe “Veeduría Social al Juzgado y a los Tribunales Penales con Competencia Nacional en Materia de Corrupción» con el objetivo de monitorear el trabajo realizado por estas instituciones.

El informe comprende el periodo del año 2017, fecha en que se crearon los tribunales en materia de corrupción, al año 2019; y busca generar información que ayude a la ciudadanía a impulsar estrategias de incidencia en la función judicial en la lucha contra la corrupción.

Para obtener los resultados de este informe, Democracia Sin Fronteras realizó entrevistas a Once Organizaciones de Sociedad, analistas, jueces y magistrados del Juzgado Anticorrupción, al director de la Unidad Fiscal Especial en el Combate a la Impunidad de la Corrupción (UFECIC) y a funcionarios de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción e Impunidad (MACCIH).

Lo más relevante detalla que para crear los Tribunales en Materia Anticorrupción, la Corte Suprema de Justicia aprobó un acuerdo 1-2016 y el Congreso Nacional aprobó un decreto 89-2016, pero con la entrada en vigencia del nuevo Código Penal desaparecen cuatro delitos que son competencia de este circuito y este no tiene competencia para juzgar a los “más altos funcionarios”.

Dentro de estas valoraciones, hechas por Democracia Sin Fronteras, se confirma que este tribunal anticorrupción carece de las competencias necesarias para castigar a los corruptos, puede ampliar su jurisdicción a casos simples para garantizar la continuidad de su trabajo, pero corre el riesgo de diluir su propósito de castigar la corrupción.

En la selección y nombramiento de los funcionarios de este circuito de justicia las Organizaciones de Sociedad Civil valoraron positivamente la mediación internacional, a través de la MACCIH, en la selección de candidatos a jueces, magistrados y personal auxiliar de este circuito para garantizar la independencia judicial y evitar favores públicos.

Sin embargo, la veeduría social comprobó que el nombramiento de estos funcionarios no respeto a todos los candidatos que obtuvieron las mejores notas, y entre otros casos se nombró a jueces y magistrados que no se sometieron a concurso.

Por su parte, en la administración de justicia en los Tribunales en Materia Anticorrupción los hallazgos presentados en este informe señalan que, los ocho jueces y magistrados en materia de corrupción consultados por la Veeduría Social afirmaron que no hay mora judicial en sus jurisdicciones, por lo que se critica que, si no hay mora, porque este órgano judicial no ha emitido sentencias.

En Casos de corrupción judicializados por el circuito penal anticorrupción, este trabajo 45 procesos, ochos de ellos fueron trasladados al tribunal de sentencia y se presentaron 74 recursos en la corte de apelaciones.

El Ministerio Público puso a la orden de estos juzgados doce casos de corrupción que corresponden a las investigaciones realizadas en conjunto por la MACCIH/UFECIC.

Desde la fecha de su creación hasta la realización de la Veeduría Social, el circuito emitió dos sentencias una de ellas relativa a un caso presentado por la MACCIH/UFECIC que es el caso “CAJA chica de la dama”, donde hace unos días la Sala de lo Penal, ordenó repetir el juicio.

De las conclusiones presentadas en este informe, se debe seguir apoyando el circuito, desarrollar y buscar un proceso que haga continuar el trabajo desarrollado por la MACCIH, desarrollar un mecanismo de observación ciudadana sobre el quehacer de las instancias públicas encargadas de combatir la corrupción.

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