BAJO ESA SENSACIÓN DE TERNURA

EGO22 abril, 2019

Por Sergio Bähr.

El uso indebido del derecho penal para criminalizar a defensoras y defensores en Honduras.

José Isabel Morales “Chabelo” fue arrestado en el 2008. La primera condena se dio en el 2010, pero los juzgados no aplicaron individualización de la pena, un paso necesario para que la defensa pueda introducir apelaciones. Fue declarado inocente de todos los cargos 8 años después de su arresto, en el 2016. Para entonces tras casi una década en prisión había perdido visión un ojo, sufrido un accidente que le dejó con limitación en el habla y su padre y su hijo habían muerto.

Gladys Lanza fue obligada a presentarse ante un tribunal, como criminal común, a firmar cada semana. Una medida cautelar usada en Honduras es la de “prohibición de asistir a manifestaciones”. En el caso de Gladys, esto significaba una inhabilitación a formar parte de las acciones cotidianas de la organización a la que entregó su vida.

El 13 de septiembre de 2018, un Tribunal de Honduras emitió 18 órdenes de captura en contra de líderes sociales y defensores de derechos humanos, de la tierra y del territorio del Bajo Aguán (en la costa atlántica de Honduras), bajo delitos de “usurpación y daños en perjuicio de la empresa minera “Inversiones Los Pinares””. Esta medida se acompañó de una orden de desalojo del Campamento por la Vida.[1] Entre las personas criminalizadas estaban Juan López, Subcoordinador de la Fundación San Alonso Rodríguez (FSAR), Reinaldo Domínguez, líder comunitario de la comunidad de Guapinol, Orbín Hernández, líder del sector San Pedro, Carlos Leonel George, comunicador social miembro de la Red de Derechos Humanos y miembro directivo de la Coordinadora de Organizaciones Populares del Aguán (COPA), y las Sras. Miriam Yaneth Mejía Cruz, líder comunitaria de Guapinol y Lourdes Elizabeth Gómez Rosa, miembro de la Cooperativa Brisas de San Pedro.

Existen más de 5 mil acusaciones contra campesinas y campesinos hondureños en los tribunales de justicia.

El 21 de abril del 2019 Miriam Miranda y otras personas fueron detenidas por horas en un operativo policial de carretera, sin motivo y sin orden alguna de tribunales. No es la primera vez que esto les ha ocurrido.

En los últimos años en Honduras se presentan centenares de ejemplos del uso indebido del derecho penal, una táctica cada vez más usada para obstaculizar, de forma legal, la defensa de los derechos humanos y de los territorios y ambiente.

Usar la ley para socavar los fundamentos de los derechos humanos es, de acuerdo a la CIDH “particularmente perverso”. Es además una señal clara del uso político del derecho penal que sólo es posible en Estados en los que no existe una verdadera separación de poderes y en los que el sistema es en efecto una serpiente entrenada para morder únicamente a las y los descalzos.

Esa perversión se extiende desde lo normativo hacia las y los operadores de justicia. Fiscales y jueces se prestan, con pleno conocimiento de causa para acusar y dilatar procesos, esperando no un acceso expedito a la justicia sino que los procesos, en sí mismos, se conviertan en castigos que tienen un impacto negativo en las comunidades y en la vida de los defensores y defensoras y de sus familias.

Debería por lo tanto ser considerado como un riesgo de daño irreparable para las personas, y por lo tanto ser constitutivo de consecuencias para los Estados, pero también para las y los operadores de justicia que se prestan al juego.

El golpe de Estado del 2009 sigue marcando profundamente la vida de las y los hondureños. En el descalabro de la economía nacional, la polarización de la vida política y la destrucción de las instituciones democráticas y del Estado de Derecho. Es evidente en Honduras la agilidad de las y los operadores de justicia para iniciar procesos penales contra defensoras, casi tanto como la lentitud de los mismos para procesar los casos en que las defensoras son víctimas de amenazas, agresiones, intimidaciones o asesinatos. Los procesos penales son detenidos a conveniencia, y activados de nuevo en momentos de conflicto.

El informe temático “Criminalización de defensoras y defensores de derechos humanos” de la CIDH se presentó en Honduras en junio de 2016. El mismo concluye que:

_Las y los defensores están siendo sujetos de procesos penales como una forma sofisticada de persecución, que criminaliza las causas por las que luchan vía el poder punitivo del estado, para obstaculizar la labor de defensoría.

_Los tipos penales en los Estados, incluyendo a Honduras, no cumplen con estándares internacionales y se prestan a la interpretación amplia y con vaguedad para usar términos como “inducción a la rebelión, apología del delito, ataque a autoridad pública” para permitir a los estados la persecución penal.

_El uso indebido del derecho penal ocurre con frecuencia en el contexto de conflictos de intereses económicos, y la CIDH lo ha visto particularmente en casos de conflictos por defensas de territorios, oposición a mega proyectos, defensa de medio ambiente y recursos naturales.

_Los grupos que con más frecuencia se ven afectados son las y los defensores del derecho a la tierra, medio ambiente, derechos laborales y derechos LGTBI.

En Honduras por ejemplo se ha usado históricamente la categoría de “manifestación ilícita”, un tipo penal impreciso que puede prestarse a amplias interpretaciones.

El mismo informe presentaba una serie de recomendaciones que aún hoy  no son tomadas en cuenta por el Estado de Honduras:

_Derogar Leyes de desacato, calumnia, injuria, difamación y leyes que criminalizan la protesta pública.
_Reconocer públicamente el papel de defensores/as para la garantía de la gobernabilidad democrática (por parte de los gobiernos).
_Realizar actividades de educación y divulgación para concientizar sobre la legitimidad del trabajo de defensores y defensoras.
_Realizar diálogos de alto nivel gobierno – defensores y defensoras de DDHH.
_Revisar los tipos penales de conformidad a principios de legalidad.
_Abstenerse de declaraciones estigmatizantes.
_Descriminalizar la difamación y toda aquella limitación desproporcionada de la libertad de Expresión.

Además, es importante trabajar el imaginario social y la cultura jurídica de la población sobre la labor que realizan las defensoras, puesto que aún hoy cree, en su mayoría, que los “derechos humanos sirven para liberar mareros y defender delincuentes”, y la de operadores de justicia que ven la normativa de derechos humanos como un obstáculo para realizar su labor, en lugar de un instrumento para lograr una  acción de justicia expedita.

De acuerdo a la Asociación de Jueces por la Democracia, el Estado de Honduras ha recibido desde el 2013 más de dos mil recomendaciones en materia de derechos humanos. En lugar de atender estas recomendaciones, el Estado ha ofrecido un “mecanismo de protección” de defensoras y defensores de derechos humanos.

A pesar de la importancia nominal que un instrumento como este puede tener en la institucionalidad democrática, no deja de ser irónica la bipolaridad de un Estado que ofrece un mecanismo de protección a las y los defensores que ese mismo Estado a través de estructuras legales pero también de estructuras paramilitares se encarga de perseguir.

A medida que profundiza el modelo de despojo, aumentan también las luchas de la población en defensa de sus territorios, recursos naturales y medio ambiente. Con ello aumenta también el riesgo del uso indebido del derecho penal para perseguir a las y los defensores.

Después de todo, nos encontramos en un sistema en el que Roberto Sosa con su característica capacidad de desnudar las injusticias con versos decía:

Entré
en la Casa de la Justicia
de mi país
y comprobé
que es un templo
de encantadores de serpientes.

Dentro
se está
como en espera
de alguien
que no existe.

Temibles
abogados
perfeccionan el día y su azul dentellada.

Jueces sombríos
hablan de pureza
con palabras
que han adquirido
el brillo
de un arma blanca. Las víctimas —en contenido espacio—
miden el terror de un solo golpe.

Y todo
se consuma
bajo esa sensación de ternura que produce el dinero.

Vale la pena conocer el informe de la CIDH al respecto.

Vale también la pena y mucho escuchar el mejor tema musical  (y video!) que se ha realizado sobre la justicia en Honduras, en esta bella composición del poema de Roberto Sosa “La casa de la justicia”, interpretado por Karla Lara aquí.

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