A UN AÑO DE LA RED DE DIPUTADOS O EL BLINDAJE DE LA CORRUPCIÓN

EGO18 diciembre, 2018

Hace más o menos un año se presentó el requerimiento del llamado caso “Red de Diputados”, debut de la Unidad Fiscal Especial Contra la Impunidad de la Corrupción del Ministerio Público de Honduras (UFECIC-MP), brazo judicial de la Misión contra la Corrupción e Impunidad en Honduras (MACCIH-OEA), un año después han presentado siete requerimientos, pero los resultados no son los esperados hasta el momento.

El Caso Red De Diputados sacudió a la población el 11 de diciembre de 2017, cuando se materializó la acusación contra los en ese momento diputados del Congreso Nacional Augusto Cruz Ascencio (Democracia Cristiana), Eleazar Juárez Saravia (Libre), Héctor Padilla Hernández (Libre), Dennys Sánchez Fernández (Libre) y Audelia Rodríguez Rodríguez (Libre), acusados de la apropiación de dinero de una ONG, aunque hay que aclarar que todos habían sido expulsados de sus partidos y se habían integrado a una bancada independiente, excepto Sánchez que se unió al Partido Liberal.

Según el ente acusador “los diputados y la diputada solicitaban fondos al Poder Ejecutivo, estos eran entregados a la Organización No Gubernamental (ONG), Asociación Nacional de Productores e Industriales de Barrios y Colonias de Honduras (ANPIBCH) y esta regresaba estos fondos públicos a los propios diputados”.

El requerimiento incluía a los dirigentes de la ONG Jeremías Castro Andrade como tesorero, José Napoleón Panchamé como Director Ejecutivo y Geovanny Castellanos Deras como Gestor de operaciones.

La UFECIC-MP solicitaba la inmediata detención de los imputados para evitar una posible fuga, pero en un augurio de lo que iba a pasar, la magistrada nombrada como jueza natural, Alma Consuelo Guzmán García, decidió únicamente solicitar su comparecencia y no su captura.

El abogado peruano Juan Jiménez Mayor, quien en ese momento fungía como vocero de la MACCIH, expresó su insatisfacción a través de su cuenta de twitter al denunciar una “fuga de información y retardo en decisión que permitió a defensa de imputados presentarse voluntariamente para utilizar argumento de no fuga … Pero resolución de Juez Natural Alma Guzmán no atiende fundamento de OBSTRUCCIÓN DE JUSTICIA, que responde a calidad de personajes con poder ….. El caso ameritaba prisión preventiva por gravedad de la pena, los hechos demostrados y posición de poder de los personajes para afectar actividad probatoria”.

Antes de realizarse la audiencia contra los diputados, Jiménez Mayor expresó su confianza en el resultado que llevaría el caso a juicio, expresando “se ha demostrado en el caso el traspaso del dinero del Estado a la ONG y el desvío de los fondos de la ONG a los Diputados. No se usaron los fondos para los proyectos para los que se solicitó y se ha acreditado que usaron los mismos para asuntos personales, se aportó pruebas del uso de los dineros por los diputados. Lo usaron para fines personales. Algunos compraron zapatos, lo usaron para recarga de celulares, pago de tarjetas, alquiler de coches, etc. Suficiente carga probatoria para el juicio”.

Según la UFECIC – MACCIH se acreditó completamente que los fondos gestionados por los diputados para la ONG fueron devueltos por esta a ellos mismos.

El 24 de enero se celebró la audiencia inicial pero la resolución de la jueza Guzmán fue atípica, decidiendo interrumpir la resolución, quedando libres y sin ninguna acción en contra y archivando el caso y enviándolo al Tribunal Superior de Cuentas (TSC).

Melvin Duarte, Portavoz del Poder Judicial detalló “no se ha dictado ni sobreseimiento, tampoco auto de formal procesamiento, el análisis que fue presentado por la juez natural en esta causa, establece la necesidad que pueda existir una condición de prejudicialidad previo a continuar con el sustento de la causa penal por parte del MP y por parte de la Procuraduría General de la República, esto no significa un sobreseimiento en condición que se cumpla esa condición de prejudicialidad que se completaría con una resolución del TSC”.

Según la directora del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), Gabriela Castellanos, se creó una nueva figura jurídica, ya que el archivo de casos no está contenida en el Código Procesal Penal y los diputados realizaron un blindaje a la corrupción.

«De manera dolosa los congresistas reformaron leyes para evitar ser investigados por el Ministerio Público y que el ente investigador sea el Tribunal Superior de Cuentas, ellos le dan una facultad que no tenían, el monopolio de la acción penal es pasado al Tribunal con la resolución publicada por la juez», detalla Castellanos.

La llamada condición de prejudicialidad fue aprobada tan solo seis días antes y se basa en el decreto No. 141-2017, aprobado el 18 de enero de 2018 que contiene la Ley de Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2018, que reforma los artículos 16 y 131-A de la Ley Orgánica del Presupuesto, cambiando los procesos de liquidación de fondos públicos.

Según esta reforma «todos los fondos gestionados, recibidos, administrados y ejecutados por servidores públicos, diputados y ONG, deberán ser auditados por el TSC en un período de tres años y mientras esta no se realice “no procederá ninguna acción judicial para reclamar ningún tipo de responsabilidad sea administrativa, civil o penal”.

La MACCIH reaccionó molesta debido a esta oportuna reforma, calificándola como un “Pacto de Impunidad”, para salvar la responsabilidad no solo de la red de diputados sino también “curarse en salud” ante otras posibles acusaciones sobre todo en el manejo de los fondos departamentales en el Congreso Nacional.

Según este ente, esta reforma es ilegal ya que limita las atribuciones del MP y del Poder Judicial violando el artículo 232 de la Constitución y el 219 que exige el previo dictamen de la Corte para reformar el Código Procesal Penal al reducir la habilidad de utilizar la acción penal del ente fiscal.

De la misma forma se expresó la Asociación Para una Sociedad Más Justa (ASJ) al decir que “considera que las reformas a la Ley Orgánica del Presupuesto son un duro golpe al combate a la corrupción, una contradicción al principio de representación delegado a través del voto popular, un retroceso en materia del Estado de Derecho y la usurpación a la institucionalidad del MP».

Agregan que “el artículo 325 de la Constitución de Honduras establece plazos de prescripción de las acciones civiles y penales, derivadas del ejercicio de la función pública. Con las reformas a Ley Orgánica del Presupuesto, pone en peligro que las acciones delictivas prescriban y queden en total IMPUNIDAD”.

Diputados acusados

FE DE ERRATAS

Luego de la reforma a la Ley del Presupuesto y la denuncia de no haber sido debidamente aprobada, la Secretaria del Congreso Nacional emitió una Fe de Erratas el día 25 de enero, publicada el día 26 de enero en el Diario Oficial La Gaceta, pretendiendo explicar que lo ocurrido sería producto de “un simple error” y no de un presunto acto premeditado aunque, para ese momento, ya había provocado consecuencias jurídicas.

Sin embargo, dicha “fe de erratas” sigue conteniendo modificaciones que no fueron leídas y aprobadas por el pleno del Congreso, por lo que el equipo integrado de investigación y persecución penal presentó acusación por los delitos de falsificación de documentos, abuso de autoridad y delitos contra la forma de Gobierno.

El 24 de mayo la UFECIC presentó requerimiento contra los diputados Tomás Zambrano y Román Villeda Aguilar, por los presuntos delitos de falsificación de documentos, abuso de autoridad y delitos contra la forma de gobierno por hechos relacionados al llamado “Pacto de Impunidad”.

Según la MACCIH estos incurrieron en “la aprobación anómala de la Ley de Presupuesto, en donde los ahora requeridos habrían realizado conductas delictivas para violentar la voluntad del pleno del Congreso, con Ia presunta finalidad de crear una ley que favorecería a diputados que estaban siendo procesados en ese momento por el mal manejo de fondos públicos, así como a los que pudieran ser investigados a futuro por similares hechos”.

El 27 de junio el juez natural que conocía esta causa decretó sobreseimiento definitivo para el diputado Tomás Zambrano, al no encontrar indicios de su participación en los delitos y continuó la causa contra Román Villeda, aunque el 25 de septiembre la Corte de Apelaciones revocó el delito contra la forma de Gobierno ratificándole el auto de formal procesamiento por los delitos de abuso de autoridad y falsificación de documentos públicos.

El pasado 19 de noviembre se ampliaron las acusaciones por el Pacto de Impunidad y se presentó requerimiento fiscal contra los también diputados nacionalistas Antonio Cesar Rivera Callejas y Sara Ismela Medina por los delitos de falsificación de documentos públicos y delitos contra la forma de gobierno.

Hasta el momento no hay condenas en relación a ninguno de estos casos, la primera acusación está archivada a la espera del actuar del TSC, el diputado Zambrano fue sobreseído y no podría ser acusado nuevamente por este caso, mientras los diputados Villeda, Rivera Callejas y Medina tendrán que seguir el proceso.

En el comunicado de presentación de la Red de Diputados se cerraba con la afirmación que «con UFECIC y la MACCIH se inicia una nueva etapa en la lucha contra la corrupción e impunidad en Honduras», pero hasta el momento, sin verdaderos logros tangibles, ha sido más la etapa del «blindaje a la impunidad».

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