PROCESADOS POR CORRUPCIÓN PODRÍA BENEFICIARSE DE APROBARSE REFORMA AL ARTÍCULO 184

ALG22 agosto, 2018

El diputado Marco Velázquez, presidente la Comisión Ordinaria de Derechos Humanos del Poder Legislativo, presentó ayer una iniciativa para reformar el artículo 184 del Código Procesal Penal, que prohíbe medidas distintas a prisión para los acusados en cualquiera de los 21 delitos detallados a continuación: 1) Homicidio; 2) Asesinato; 3) Parricidio; 4) Violación; 5) Trata de Personas; 6) Pornografía Infantil; 7) Secuestro; 8) Falsificación de Moneda y Billetes de Banco; 9) Robo de vehículos automotores terrestres, naves aéreas, buques y otros bienes similares y, el robo de ganado mayor; 10) Magnicidio de Jefe de Estado o de Gobierno Nacional o Extranjero; 11) Genocidio; 12) Asociación Ilícita; 13) Extorsión; 4) Delitos relacionados con Armas de Guerra; 15) Terrorismo; 16) Contrabando; 17) Defraudación Fiscal; 18) Delitos relacionados con el tráfico Ilícito de Drogas y Estupefacientes; 19) Lavado de Activos; 20) Prevaricato y 21) Femicidio.

Vuelve a la mesa el tema de la famosa reforma al artículo 184, ya vetada por el presidente de la República hace exactamente dos años.

En agosto de 2016, el presidente Juan Orlando Hernández habría vetado la reforma al Código Procesal Penal que dejaba a discresión de los jueces otorgar medidas sustitutivas por delitos graves. En aquella ocasión se celebró el veto presidencial, por considerar que la reforma daría beneficios a las personas implicadas en casos de corrupción, que en la actual redacción no pueden gozar del beneficio de defenderse en libertad si son acusados de Defraudación Fiscal, Lavado de Activos y Prevaricato.

La parlamentaria Doris Gutiérrez ha manifestado que “con esto se quiere proteger a los delincuentes de cuello blanco”.

“Con esto lo que se quiere es favorecer a los delincuentes de cuello blanco, porque con esto ellos se van a poder defender en libertad, que eso significa también que va a favorecer a una gran cantidad de personas que no han sido condenadas y que ya están en las cárceles,” manifestó la diputada del PINU-SD.

La actual iniciativa del diputado Velázquez, llega luego de una serie de recursos presentados ante la Corte Suprema de Justicia en donde los abogados recurrentes argumentan, que el artículo, «lacera los derechos humanos de los imputados.»

El abogado Julio Ramírez, defensor de la ex primera dama, Rosa Elena Bonilla, opina que la reforma al 184 debe darse, porque vulnera los Derechos Humanos de las personas señaladas por esos delitos. “Debemos tener una cultura de formación de los derechos humanos para evitar los excesos que comete la fiscalía, ya que ellos ahora acusan como dé lugar a cualquier persona por lavado de activos solo para asegurar que las personas estén privadas de libertad”, expresó.

Para Omar Rivera de ASJ, la modificación de esta ley es inadmisible y sería un retroceso en la lucha por adecentar el país. “No creemos que esto sea correcto, porque básicamente se quieren modificar las leyes para beneficiar a grupos que hoy están siendo perseguidos por la ley,” añadió Rivera.

Según el Reformar el diputado nacionalista Nelson Márquez, reformar el artículo 184 significaría «perder credibilidad y ceder a la corrupción, por lo que se debe hacer un profundo análisis», dijo.

Igual opina el analista liberal Jorge Yllescas, que considera que la reforma dejaría un «mal mensaje».

«De lograrse esta modificación sería un pésimo mensaje para el pueblo hondureño y para la comunidad internacional, porque se dejaría entredicha la institucionalidad de Honduras», afirma Yllescas.

En la nueva redacción del artículo 184 del Código Procesal Penal, en lo concerniente a la sustitución de la prisión preventiva, indica que «el juez, tomando en cuenta la gravedad de la posible pena a imponer podrá además imponer la utilización de cualquier medio o sistema de vigilancia electrónica personal», se busca así que los procesados por dichos delitos puedan ser juzgados en libertad, con el uso de un grillete electrónico.

Según fuentes legislativas citadas por El Heraldo, en el Congreso Nacional se cuenta con los suficientes votos para la derogación de este artículo lo que beneficiaría, según miembros de la sociedad civil, a las élites corruptas de Honduras.

Para que la reforma al artículo 184 se de, es necesario el voto de la mayoría calificada (86 diputados) y obtener las opiniones de la Corte Suprema de Justicia y el Ministerio Público para proceder a debatir esta polémica enmienda.

El diputado nacionalista Reynaldo Ekónomo sugirió también que se debe escuchar la opinión de la Maccih, el Colegio de Abogados, la Asociación de Jueces y Fiscales.

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