JOH BUSCA UNA POSIBLE EXONERACIÓN DEL 1.5% DEL ISR

ALG15 marzo, 2018

¿En qué consiste el cobro del 1.5%?

En síntesis, Miriam Guzmán explicó en junio del 2014 que la medida fiscal se aplicó para controlar a los evasores y a los malos contribuyentes obligándolos a pagar y que sí efectivamente tenían perdidas pudieran presentar los estados financieros debidamente auditados. Según informes de la entonces Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) habían empresas que llegaron a declarar perdidas de hasta seis mil millones de Lempiras, lo que para Guzmán era poco creíble porque no podría existir una empresa únicamente dedicada a la perdida año con año. Fue una medida de control a pesar de que los empresarios no lo vieron de esa forma.

“Fue aprobado el 12 de junio del 2014 mediante Decreto 278-2013 y con aplicación a partir del 1 de enero del 2014”

Basándose en la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión (decreto 278-2013), a través del artículo 9 se hizo una adición a la Ley del ISR a través de la incorporación del artículo 22-A, que indica que las personas naturales y jurídicas domiciliadas en Honduras pagarán el 1.5% sobre los ingresos brutos iguales o superiores a 10 millones de lempiras. Con el anteproyecto de ley que reforma el artículo 22 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta se espera una reducción en el cobro de aquellas empresas que facturan 10 o más millones de Lempiras al año. El cobro es aplicado al total de la ventas no a las utilidades. Esta revisión será gradual aplicable en 3 años; 2018, 19 y 20.

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Anteproyecto de ley enviado al Congreso Nacional.

El cobro -detalló Guzmán en esa oportunidad (2014)- consistía en un adelanto sobre la renta que las empresas tienen como obligación pagar. Si al final del ejercicio fiscal se determina que han tenido pérdidas y no cubren la determinación, entonces deben presentar una solicitud, avalado por una firma auditora externa para la comprobación del déficit, ante esto la empresa privada representada en el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP) reacionó en contra de la medida aduciendo que esto perjudicaría a muchas pequeñas y medianas empresas porque lo consideraron como confiscatoria, a pesar de la negativa del sector empresarial el decretó se aprobó y entró en vigencia.

Se especificó que el decreto 278 de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de Exoneraciones y Medidas Antievasión, no era un impuesto confiscatorio ni una doble tributación pero esto no tuvo el impacto esperado en los empresarios porque en junio del 2014 el COHEP interpuso un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia por el pago del 1.5% finalmente la Corte falló en contra del recurso y dejo vigente el cobro del impuesto.

Exoneración del 1.5% será en beneficio de casi 5 mil MIPYMES.

Con esta reforma el Estado dejará de percibir (gradualmente hasta el 2020) alrededor de 600 millones de Lempiras solo en este año, 900 millones para el 2019 y mil millones para el 2020 y aunque aún no se tiene un proyecto real que amortigüe esa perdida en concepto de ingresos tributarios, –más que la reducción en el gasto gubernamental- se prevé un incremento en la bolsa laboral con la generación de unos 65 mil empleos, ya que esos recursos podrán ser usados para el crecimiento empresarial y emprendedurismo y más negocios.

El anteproyecto enviado al Congreso Nacional plantea una exoneración mediante un decreto de reforma. En sus inicios en el 2014, año de aprobación la medida, no contó con el respaldo del sector empresarial que la tildaron de confiscatoria e esto distanció la primer administración de Hernández Alvarado de la empresa privada. Ahora la distancia entre los empresarios y este segundo gobierno de Juan Orlando Hernández se acorta con la firma de un acuerdo entre Hernández Alvarado y las nuevas autoridades del COHEP.

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Según cálculos del COHEP, un 82% de las empresas dejaran de tributar el 1.5% si demuestran que están al día con el pago de los impuestos, aunque el mandatario aseguró que no será derogado aún, y que esperan un comportamiento positivo de esta reducción. Los empresarios buscan la derogación total.

Para el 2019 la reducción será de 75% y 0.5% para las empresas que obtengan ingresos brutos entre 300 y 600 millones de Lempiras mientras que las empresas que tengan ganancias superiores a 600 millones la tasa será de 1%, para el 2020 solamente a las empresas con un ingreso superior a mil millones de Lempiras se les aplicará la medida con una tasa de 1%. Según el empresariado del país esta reforma producirá efectos positivos en la economía nacional. Juan Carlos Sikaffy asegura que uno de los efectos inmediatos de esta medida será la generación directa de casi 50 mil empleos y 150 mil indirectos aún no se llega a un entendimiento total pero es un acercamiento que celebran a medias:

“La empresa privada siempre ha pedido la derogación total de ese impuesto, pero el gobierno también ha pedido no quitarlo. Entonces teníamos que llegar a un punto de encuentro y creemos que lo que se hizo fue justo. Ni el gobierno está contento con todo ni nosotros estamos contentos con todo”.

Se espera que en estos próximos días comience la discusión y dictamen en el Congreso Nacional de este decreto. Desde el 2014 año de la aprobación los empresarios han pagado al Estado un aproximado de 8 mil millones de Lempiras. Tomás Zambrano secretario del Congreso Nacional recibió la solicitud del ejecutivo para presentar a la cámara legislativa el anteproyecto.

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