Partidos pequeños con un futuro incierto

EGO16 diciembre, 2017

La Constitución de la República en su Artículo 47 establece que: Los partidos políticos legalmente inscritos son instituciones de derecho publico, cuya existencia y libre funcionamiento garantiza esta Constitución y la Ley, para lograr la efectiva participación política de los ciudadanos.

Y en el  Artículo 49 afirma: El Estado contribuirá a financiar los gastos de los partidos, de conformidad con la Ley.

En una interpretación nada ortodoxa, estos artículos permiten y garantizan la participación política en asociaciones y un financiamiento para su sostenimiento. Es un derecho que la Constitución de la República y la Convención Interamericana de los Derechos Humanos garantiza, la Libertad de asociarse, de elegir y ser electo.

En el actual proceso electoral 2017 para la administración del periodo de gobierno 2018 – 2022, diez partidos políticos se enfrentaron en la contienda, dos de ellos considerados los grandes del viejo bipartidismo; el Partido Nacional de Honduras (PN) y el Partido Liberal de Honduras (PL) quienes se repartieron el gobierno a punta de voto o bayoneta por más de un siglo; y el nuevo Partido Libertad y Refundación, que en unión con el bonsay Partido Innovación y Unidad Social Democráta (PINU-SD) conformaron una Alianza de Oposición contra la Dictadura. Estos tres partido y la mascota de Libre demostraron su capacidad de movilización, convocatoria y poder electoral.

Contra estos partidos participaban los siguientes partidos considerados pequeños, que algunos califican de Maletín (o de Monedero, según afirmo Salvador Nasralla):

  1. Partido Democracia Cristiana (PDCH)
  2. Partido Unificación Democrática (UD)
  3. Partido Anticorrupción (PAC) [El de Marlene Alvarenga, que ya no es el mismo al de Nasralla]
  4. Partido Alianza Patriótica Hondureña
  5. Partido Frente Amplio
  6. Partido Va Movimiento Solidario (Vamos)

El poco caudal electoral de estos partidos quedó evidenciado en el proceso electoral en el que no sumaron ni un 1% de votos.

Si se juntan todos, el porcentaje se repartió así:

  1. Alianza Patriótica: 0.2 % = 6,516 votos a nivel nacional.
  2. Partido Anticorrupción: 0.18 % = 5,982 a nivel nacional.
  3. Partido democrata cristiano: 0.18 % = 5,900 votos a nivel nacional.
  4. Partido Unificación Democrática: 0.14 = 4,631 votos a nivel nacional.
  5. Partido Frente Amplio 0.1% = 3,151 votos a nivel nacional.
  6. Partido Vamos: 0.09% = 3,003 votos a nivel nacional.

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Amparados en lo que establece la Constitución de la República, su participación no puede ser condicionada por el caudal electoral, pero sí lo regula el artículo 96 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas que establece un porcentaje mínimo de votos o al menos un representante en el Congreso Nacional, lo cual algunos si lo obtuvieron, como la sorpresa que dio la Alianza Patriótica que logró 4 diputados independiente del poco arrastre que tuvo en la papeleta presidencial, mientras que la Unificación Democrática, el Partido Demócrata Cristiano de Honduras y el Partido Anticorrupción tienen apenas 1 diputado cada uno, gracias al residuo electoral, lo que los ratifica para seguir en la competencia política aún sin lograr el 2% de votos que la ley exige. Pero esto no es así para los partidos Frente Amplio y Vamos que quedan en la incertidumbre de este proceso.

Ya anteriormente el Frente Amplio fue descalificado como partido político y fue un fallo de la Corte Suprema de Justicia que lo volvió a poner en la papeleta (junto a Alianza Patriótica, que en las elecciones de 2013 también hubiera desaparecido).

Deuda Política

Estos partidos representan un gasto en concepto de deuda política, que según la Ley Electoral se debe de pagar:

“La cantidad de Veinte lempiras (L 20.00) por cada voto válido que hayan obtenido en el nivel electivo más votado. Ningún Partido Político podrá recibir menos del quince por ciento (15%) de la suma asignada al Partido Político que obtenga el mayor número total de sufragios, salvo que éste haya obtenido menos de diez mil (10,000) votos en su nivel más votado”.

También estable cómo se debe pagar:

Los desembolsos se efectuarán simultáneamente a nombre de cada Partido Político de la manera siguiente: Una primera cuota, a más tardar quince (15) días después de la convocatoria a elecciones por una cantidad equivalente al sesenta por ciento (60%) de la cuota total correspondiente calculada sobre los resultados del proceso electoral anterior; y, una segunda cuota, por una cantidad equivalente al cuarenta por ciento (40%) restante, calculada con base en los resultados finales de la elección, la que se entregará en el primer trimestre del año post electoral.

Alrededor de 123 millones de Lempiras se pago a los partidos a mediados de año, un primer desembolso de 37 millones de Lempiras a los partidos que participaron en las elecciones del 2013, en un contexto un tanto confuso por el conflicto interno del Partido Anticorrupción (PAC), ahora en manos de Marlene Alvarenga que recibió alrededor de 15 millones de Lempiras en concepto de deuda política para realizar su campaña electoral.

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Partidos minoritarios. Foto: diario El Heraldo.

En referencia a los partidos políticos y a la fórmula para el pago el Magistrado Presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE) David Matamoros Batson dijo:

“Que en el caso de los partidos políticos pequeños tienen garantizado que recibirán el 15 por ciento del que más obtuvo. “O sea que no le vamos a dar al Pinu-SD, DC, UD, Alianza FAPER, en base a los votos que obtuvieron, si no en base a lo que se les pagó la última vez”.

[Diario La Tribuna 21 junio 2017]

Tomando en cuenta la inflación actual, el Banco Central de Honduras pagó un monto de 39,39 Lempiras a cada partido por voto más el porcentaje de transporte.

Partidos Pequeños el antecedente de la cancelación

Luego de los comicios electorales del 2013 el TSE resolvió cancelar la personería jurídica de los partidos Alianza Patriótica de Honduras y al Frente Amplio Político en Resistencia (FAPER) por el bajo porcentaje obtenido en las elecciones:

FAPER: 3, 118 votos.
APH: 6,105 votos.

Estos partidos requerían al menos tener un 2% de votos en las elecciones del 2013, por ese bajo promedio la resolución del TSE, en base al artículo 96 de la Ley de Electoral y de las Organizaciones Políticas en el numeral 4: “Cuando no haya obtenido en las elecciones generales para cargos de elección popular por lo menos el dos por ciento (2%) del total de los votos válidos tomando como base el nivel electivo de mayor votación obtenida, salvo el caso que el Partido Político obtenga por lo menos un Diputado al Congreso Nacional”

Los representantes de estas instituciones políticas, el general Romeo Vásquez Velásquez de la Alianza Patriótica y Andrés Pavón del FAPER apelaron dicha resolución aduciendo que ellos representan un sector de la sociedad hondureña y la sala de lo constitucional de la Corte Suprema de Justicia falló a su favor lo que les permitió continuar participando en política.

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En su falló la sala de lo constitucional resolvió:

“Que la decisión del ente electoral no tiene fundamento jurídico, carece de racionalidad, proporcionalidad, así como de equidad e igualdad ante la ley principios recogidos por la misma Ley Electoral. En su sentencia los magistrados dicen que otorgan la acción constitucional de amparo ‘a efecto de que se tengan por inaplicables la Resolución número TSE-014-2014, de fecha veinticinco (25) de abril del año dos mil catorce (2014) y el Acuerdo número TSE-004-2014 de fecha seis (6) de mayo del año dos mil catorce (2014), ambos dictados por el TSE al resolver y decretar la liquidación y consiguiente cancelación de la inscripción como persona jurídica de FAPER y Alianza Patriótica”

En estas Elecciones Generales los partidos pequeños han sido fuertemente cuestionados por la Alianza de Oposición por considerarlos partidos bisagras para el Partido Nacional, ante estos cuestionamientos los representantes de dichas organizaciones han negado que sea así y que cuentan o contaban -antes de las elecciones- con estructuras a nivel nacional que les permitía competir por la presidencia de la República. Muchos han sido los debates de la urgente necesidad de reformas electorales y que estás regulen o depuren la participación de partidos políticos que no tienen ninguna posibilidad de obtener un triunfo electoral en cualquier nivel y que deberían ser inhabilitados o cancelados, o que dichos partidos considerados minoritarios realicen una reingenieria que les permita fortalecer sus estructuras o crearlas, de lo contrario en cada proceso electoral encontrarán un obstáculo político cada vez más fuerte.

Son millones de lempiras los que el Estado hondureño deberá cancelar para que sigan existiendo partidos que afirman representar a un sector del electorado que no se vio en sus votos.

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