Marvin Ponce: «La contrata pública se ha convertido en el método de los gobiernos para robar»

EGO15 junio, 2017

La denuncia del presidenciable del Partido Liberal, Luis Zelaya, de no aceptar los resultados electorales de los comicios de noviembre de este año, en caso que la empresa Mapa Soluciones revele los mismo, ha abierto un nuevo tema de corrupción en Honduras.

La oposición acusa al oficialista Partido Nacional de utilizar sus nexos con Mapa Soluciones para manipular los resultados de los procesos electorales para su beneficio, y de utilizar a la empresa como una plataforma más para defraudar las finanzas del Estado.

Este día, en el programa de debate público, Frente a Frente, que dirige el periodista Renato Álvarez de la corporación Televicentro, el ex-Diputado y ex-asesor presidencial, Marvin Ponce, en relación a los vínculos entre Mapa Soluciones y el Tribunal Supremo Electoral (TSE), ha dicho que las leyes del país están hechas para defraudar al Estado, y que «la contrata pública se ha convertido en el método que los gobiernos usan para robar».

Foto de Hondudiario
Foto de Hondudiario

Si Mapa Soluciones es sólo una de las muchas plataformas que la clase política y los gobiernos manipulan para sus proyectos de corrupción —en caso de ser ciertas las acusaciones contra ellos—, el problema seguiría siendo el estado o disposiciones de algo más grande: la situación de la contrata pública que aparentemente permite tales actos de corrupción a los gobiernos.

Revisemos un poco. Primero, el Artículo 360 de la Constitución de la República, dispone que los Contratos que el Estado celebre para la ejecución de obras públicas, adquisición de suministros y servicios, de compra-venta o arrendamiento de bienes, deberán ejecutarse previa licitación, concurso o subasta de conformidad con la Ley.

La Ley de Contratación Pública del Estado de Honduras considera que «en la Ley de Contratación del Estado contenida en el Decreto No. 148-85 de fecha 29 de septiembre de 1985, los mecanismos de gestión pública, propios de un Estado moderno, deben ajustarse a las exigencias del nuevo entorno, fundamentado en la publicidad, la transparencia, la libre competencia y la igualdad, así como, la incorporación de los medios de tecnología electrónica, con el propósito de actualizar y dar confiabilidad a los procesos de contratación que realiza el Estado. Que es de interés público disponer de un instrumento jurídico que regule la contratación para la ejecución de obras y la adquisición de bienes y servicios por parte de la Administración Pública, asegurando la equidad y el aprovechamiento óptimo de los recursos estatales».

Por tales razones, la Ley establece que «los contratos de obra pública, suministro de bienes o servicios y de consultoría que celebren los órganos de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, se regirán por la presente Ley y sus normas reglamentarias. La presente Ley es igualmente aplicable a contratos similares que celebren los Poderes Legislativos y Judicial o cualquier otro organismo estatal que se financie con fondos públicos, con las modalidades propias de su estructura y ejecución presupuestaria. En todo caso, en la medida que disposiciones de un tratado o convenio internacional del que el Estado sea parte o de un convenio suscrito con organismos de financiamiento externo establezcan regulaciones diferentes, prevalecerán éstas últimas; en todos los demás aspectos en que no exista contradicción, la contratación se regirá por la presente Ley. Los contratos de gestión de servicios públicos de concesión de uso del dominio público o de concesión de servicios u obras públicas, se regirán por las disposiciones legales especiales sin perjuicio de la aplicación supletoria de los principios generales de la presente Ley».

Es decir, TODOS los contratos celebrados entre la administración pública y empresas o consorcios particulares deberán regirse sobre lo decretado por la Ley de Contratación Pública, y no por “compadrazgos”, afinidades políticas o intereses personales o de grupo.

condecoración Nealon

En los últimos años Honduras ha experimentado una serie de actos de corrupción ligados directamente con las irregularidades en la contratación pública. El país se ha visto invadido por las anomalías en los contratos celebrados por los gobiernos con diversas empresas de dudosa reputación, o en su defecto, con las popularmente llamadas “empresas de maletín”, o sea empresas que sólo existen en papeles firmados, pero que en la práctica carecen de la estructura demandada para cumplir los contratos que celebran con el Estado.

Esa ha sido una las formas más usuales de defraudar al Estado en las últimas décadas.

Dos casos particulares —de los muchísimos que hay— nos viene  a la memoria: el desfalco del Instituto Hondureño de Seguro Social (IHSS) y millonario robo del fallido proyecto de Trans 450. Ambos en los gobiernos de Porfirio Lobo y Juan Orlando Hernández. Pero como estos casos podemos sacar muchos más, que involucran a otras administraciones.

En el caso de IHSS, las autoridades estatales defraudaron al Estado de Honduras por miles de millones de lempiras. ¿Cómo lo hicieron?, creando una serie de “empresas fantasmas” que celebraban contratos a diestra y siniestra con la administración pública que no podían honrar.

Cuando a comienzos del 2014, en la primera etapa del gobierno de Juan Orlando Hernández, la prensa nacional reveló el mega fraude del ISHH —del que se dice provocó directa e indirectamente más de 3,000 muertes, producto de sus colaterales—, todos los hondureños nos preguntamos de qué manera era posible que los funcionarios del Estado no tuvieran la pericia de revisar la capacidad resolutiva, la infraestructura, experiencia  y honorabilidad de las empresas contratadas para el diseño, manejo y ejecución de los proyectos requeridos por el Sistema Sanitario Nacional.

En el segundo, el gobierno adquirió cientos de millones de lempiras en calidad de préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para la ejecución de ese proyecto que aliviaría el pesado tráfico vehicular en la Capital del país. El proyecto nunca se culminó, lo que se había realizado fue destruido por el gobierno local; pero, aunque nadie tendrá el servicio del Trans 450, el pueblo deberá pagar los dineros adquiridos por el Estado (la clase política) para ese fin.

¿Alguno podría creer que los funcionarios se “equivocaron”?, No.

Lea más sobre el Trans 450 en esta investigación: 

http://elpulso.hn/algunos-hechos-alrededor-del-proyecto-trans-450/

Se trata de la confirmación de lo que ha denunciado el analista Ponce: la utilización de las leyes y las plataformas del Estado por parte de la clase política para hurtar los fondos públicos. Para robar el dinero del pueblo.

De acuerdo al Manual de Contratación Pública presentado por la Dirección Presidencial de Transparencia y Modernización y La Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE), «el gobierno pone a disposición el dicho manual, de conformidad a lo dispuesto en el ARTÍCULO 30 de la Ley De Contratación Del Estado, en su condición de órgano técnico y consultivo que tiene la responsabilidad de dictar normas e instructivos de carácter general para desarrollar o mejorar los sistemas de contratación administrativa en sus aspectos operacionales, técnicos y económicos, así como la prestación de asesoría y la coordinación de actividades que orienten y sistematicen los procesos de contratación del sector público; y en apego manifiesto a lograr los objetivos dispuestos por el Presidente de la Republica orientados a la transparencia, la rendición de cuentas, el fomento de una cultura ética, el respeto a la ley y la seguridad jurídica ejes trasversales del II Plan de Acción de Gobierno Abierto Honduras (PAGAH) 2014-2016 ».

¿A quién le importa dicho manual?, ¿quién sabe que existe?, por la experiencia constante, dicho manual de contratación no parece es más que otra medida demagógica del oficialismo para “calmar las aguas del olvido”.

Los funcionarios de la administración pública están obligados a rendir cuentas sobre los contratos celebrados por el Estado con cualquier entidad. Los contratos deben regirse “fielmente” por la Ley de Contratación del Estado.

Pero, ¿qué hacer si resultan ciertas las afirmaciones del analista Marvin Ponce sobre que «las leyes del país están diseñadas para robar»?

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