San Salvador.
La Corte Suprema de Justicia de El Salvador declaró este miércoles que algunos aspectos de la ley de amnistía de 1993 que ayudó a poner fin a la guerra civil del país, violan la constitución, al negar el derecho a los salvadoreños al acceso a la justicia y a la indemnización por los crímenes de guerra.
En un comunicado, la Sala de los Constitucional dijo que los Magistrados encontraron que los artículos de la ley de amnistía son inconstitucionales porque bloquean que el Estado cumpla con su obligación de «prevenir, investigar, juzgar, sancionar y ofrecer reparación a las violaciones de los Derechos Humanos.»
«Para los efectos de esta sentencia, se entenderá que los hechos que quedan excluidos de la amnistía son los atribuidos a ambas partes, que puedan ser calificados como crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra constitutivos de graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario», establece en un comunicado de la Sala de lo Constitucional, respecto al contenido del fallo.
«Los hechos excluidos de la amnistía tras la finalización del conflicto armado, son los casos contenidos en el Informe de la Comisión de la Verdad. Tampoco han prescrito, y por lo tanto no gozan de amnistía y están sujetos a investigación, juzgamiento y sanción, todos los hechos sucedidos desde el 1-VI-1989 al 16-I-1992, cometidos por funcionarios públicos, civiles o militares, en los términos y condiciones que establece el artículo 244 Constitución», establece la resolución.
El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) presentó en 2014 una opinión experta (memorial de amicus curiae) ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual se buscó recordar a las autoridades salvadoreñas su obligación de investigar las graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado, así como identificar, juzgar y sancionar a sus responsables.
«El Salvador ya ha sido condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) por incumplir con su deber de investigar en varios casos de violaciones de derechos humanos. Así, en su sentencia más reciente sobre la masacre de El Mozote y comunidades aledañas, la Corte Interamericana señaló que la ley de Amnistía no debe representar un obstáculo para la investigación de graves violaciones de derechos humanos acontecidas durante el conflicto armado en El Salvador», manifestó en su momento de CEJIL, a través de un comunicado de prensa que hoy la CSJ de El Salvador da respuesta.
De la misma manera, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se había ya manifestado en contra de la ley de Amnistía, cuando conoció el caso de los sacerdotes jesuitas asesinados en 1989, señalando que la ley impidió el acceso a la justicia en casos de violaciones serias de los derechos humanos.
«Es fundamental que el Estado salvadoreño cumpla con su obligación de investigar y reconozca el derecho que asiste a las víctimas de violaciones de los derechos humanos, a sus familias y a la sociedad en su conjunto, de conocer la verdad sobre tales violaciones; este es el único camino para restaurar la dignidad de quienes han visto sus derechos transgredidos impunemente», declaró Marcia Aguiluz, Directora del Programa de CEJIL para Centroamérica y México.
La amnistía para los que participaron en la guerra de la década de los 80 ya no será total, pues habrá una treintena de casos de crímenes de lesa humanidad contenidos en el informe de la denominada Comisión de la Verdad, que en adelante sí podrán ser perseguidos penalmente.
El gobierno de El Salvador y el FMLN (actual partido en el gobierno) se enfrentaron en una guerra civil que duró 12 años. En 1993, la Asamblea Legislativa del país promulgó la ley que prohíibía el enjuiciamiento de los crímenes cometidos por el ejército y los rebeldes de izquierda durante el conflicto que se cobró 75.000 vidas. Hasta la fecha, nadie guarda prisión por los crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos durante la guerra en El Salvador.